VeriFactu para autónomos: qué es, fechas y qué programa necesitas

VeriFactu para autónomos: qué es, fechas y qué programa necesitas

Por Marketing Creación (Gabriela y Raúl) · Revisado el 18 de octubre de 2026

VeriFactu es probablemente la palabra que más has oído este año si eres autónomo. Tu gestoría te ha hablado de ella, tu programa de facturación te manda avisos y en las noticias aparece una fecha distinta cada pocos meses. Vamos a poner orden: qué es, a quién afecta, qué fecha es la que vale hoy y qué tienes que hacer.

En resumen

  • VeriFactu obliga a que el programa con el que facturas guarde registros que no se puedan alterar.
  • Fechas legales vigentes hoy: 1 de enero de 2027 para sociedades y 1 de julio de 2027 para autónomos (Real Decreto-ley 15/2025).
  • Hacienda anunció el 5 de octubre de 2026 que quiere aplazarlo a octubre de 2028, pero a la fecha de esta guía no está aprobado en el BOE.
  • Si facturas a mano en talonario de papel, no te afecta. Si usas cualquier programa, sí.

Qué es VeriFactu explicado en dos minutos

VeriFactu es el nombre popular del Reglamento de sistemas informáticos de facturación (Real Decreto 1007/2023), desarrollado por la Orden HAC/1177/2024. Nace de la Ley 11/2021 contra el fraude fiscal, que prohíbe el llamado software de doble uso: programas que permiten borrar o modificar ventas sin dejar rastro.

A partir de la fecha de aplicación, cada vez que emitas una factura con un programa, ese programa deberá generar un registro de facturación encadenado con el anterior, con su huella digital, y la factura llevará un código QR que permite al cliente comprobarla en la web de Hacienda.

Las dos modalidades

ModalidadCómo funcionaPara quién encaja
VERI*FACTUEl programa envía cada registro a la Agencia Tributaria en el momentoLa opción más sencilla para la mayoría de autónomos
No VERI*FACTULos registros se guardan en tu sistema con requisitos técnicos más estrictos (firma electrónica, registro de eventos) y se entregan si Hacienda los pideNegocios con sistemas propios más complejos

Fechas: lo que dice la ley hoy y lo que ha anunciado Hacienda

Aquí está la mayor fuente de confusión. Separemos lo aprobado de lo anunciado:

Sociedades (Impuesto sobre Sociedades)Autónomos y resto
Fecha legal vigente (RDL 15/2025)1 de enero de 20271 de julio de 2027
Aplazamiento anunciado el 5/10/2026Octubre de 2028, para alinearlo con la factura electrónica obligatoria. Pendiente de aprobarse mediante una norma publicada en el BOE.

Mientras el aplazamiento no se publique, las fechas de 2027 son las que tienen validez jurídica. Nuestra recomendación práctica: planifica tu cambio de programa durante el primer semestre de 2027. Si finalmente se aplaza, habrás ganado tranquilidad; si no, llegarás a tiempo. Actualizaremos esta guía en cuanto haya publicación oficial.

A quién afecta VeriFactu

  • Autónomos que tributan en el IRPF por actividades económicas y emiten facturas con un programa informático.
  • Sociedades que tributan en el Impuesto sobre Sociedades.
  • Afecta a todas tus facturas, tanto a empresas como a particulares, y también a las facturas simplificadas (tickets).

Quién queda fuera

  • Quienes llevan los libros de IVA a través del Suministro Inmediato de Información (SII).
  • Contribuyentes de País Vasco y Navarra, que tienen sus propios sistemas (TicketBAI y equivalente navarro).
  • Quien facture exclusivamente a mano, en papel, sin ningún programa.

¿Puedo seguir facturando con Excel o Word?

Es la pregunta que más nos llega. Las hojas de cálculo y los procesadores de texto no generan registros encadenados ni el código QR, así que en la práctica no te servirán para cumplir VeriFactu cuando entre en vigor. Tus opciones serán pasar a un programa de facturación adaptado, usar la aplicación gratuita que ofrezca la Agencia Tributaria, o volver al talonario en papel, que solo tiene sentido si emites muy pocas facturas.

Qué programa necesitas y cómo saber si el tuyo cumple

El fabricante del programa debe emitir una declaración responsable en la que afirma que su software cumple el reglamento. Antes de contratar o renovar, comprueba:

  1. Que el proveedor publica su declaración responsable de cumplimiento con VeriFactu.
  2. Que la factura incluye el código QR y la leyenda correspondiente.
  3. Que está preparado también para la factura electrónica obligatoria entre empresas, para no cambiar dos veces.
  4. Que exporta los datos en un formato que tu gestoría pueda importar.
  5. Que tiene app móvil si facturas desde la obra o el local.

Si todavía no has elegido, en la sección de facturación comparamos programas para autónomos con sus planes y precios.

Sanciones

La Ley General Tributaria prevé una sanción de hasta 50.000 euros por ejercicio para quien use un programa que no cumpla los requisitos, y de hasta 150.000 euros para los fabricantes y comercializadores de software no conforme. Por eso merece la pena elegir bien el proveedor.

Checklist rápida para autónomos

  • Sé cuál es mi forma de facturar hoy (papel, Excel o Word, programa).
  • He preguntado a mi proveedor por su declaración responsable.
  • Tengo calendario para migrar clientes, servicios y numeración.
  • Mi gestoría sabe qué programa voy a usar.
  • He anotado revisar el BOE por si se aprueba el aplazamiento.

Preguntas frecuentes

¿VeriFactu y la factura electrónica son lo mismo?

No. VeriFactu controla el programa con el que facturas; la factura electrónica regula el formato y el envío de facturas entre empresas. Llegan en fechas parecidas y un buen programa resuelve las dos.

¿Tengo que enviar mis facturas a Hacienda?

Si eliges la modalidad VERI*FACTU, el programa lo hace automáticamente al emitir cada factura. No tienes que hacer nada manual.

¿Afecta a los autónomos en módulos?

Si emites facturas con un programa informático, conviene que lo consultes con tu gestoría, porque depende de tu situación concreta y de cómo se aplique finalmente el calendario.

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Fuentes oficiales

Aviso: contenido informativo revisado a la fecha indicada. Las fechas de VeriFactu pueden cambiar si se aprueba el aplazamiento; consulta siempre el BOE o a tu asesor fiscal.

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